Compliance

En México a partir de enero de 2020, los proveedores digitales extranjeros deberán emitir comprobantes digitales

México impuesto digital

Desde enero, las empresas extranjeras sin sede en México, que ofrecen servicios electrónicos en el país, deberán comenzar a enviar comprobantes digitales a sus clientes mexicanos, así como realizar una declaración trimestral de su actividad ante la Servicio de Administración Tributaria (SAT) y efectuar el pago mensual del IVA.

Así lo determina el Decreto DOF: 09/12/2019 aprobado por el  gobierno, en su Capítulo III Bis sobre “la prestación de servicios digitales por residentes en el extranjero sin establecimiento en México”.

De esta manera, el gobierno mexicano ha decidido dar solución a la fiscalización de la actividad económica que generan los proveedores extranjeros de servicios digitales en México, y que no tienen presencia física en el mismo, siguiendo los pasos de otros países como Colombia o Argentina.

Para cumplir con esta nueva normativa los negocios web han de inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes ante el SAT y estar en posesión de una firma electrónica avanzada.

En caso de que las compañías no envíen los comprobantes fiscales correspondientes a sus clientes, serán estos últimos, los que deberán pagar un impuesto de importación al SAT.

México se suma a las nuevas fórmulas de tributación de la economía digital

En la economía tradicional las empresas tributan en aquellos países donde tienen su domiciliación fiscal, es decir, donde tienen registrada su ubicación física operacional. Esta política económica se explica por los métodos de expansión internacional de los negocios basados en la apertura de sedes país a país. Sin embargo, la era de Internet, permite intercambiar servicios en cualquier lugar sin necesidad de tener presencia física. De este modo, concentran su facturación en aquellos países donde tienen razón social, aunque operen a nivel global.

Este hecho, supone un gran desafío para los gobiernos a la hora de poder fiscalizar la facturación generada por las empresas digitales en sus países. Este nuevo paradigma en la política económica está generando amplios debates y son varias las iniciativas que se han puesto en marcha para abordarlo.

A nivel internacional la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) está trabajando para la creación de un marco común regulatorio que haga que la tributación no se base en la domiciliación fiscal, si no el lugar donde estén los clientes. El objetivo es reducir la evasión fiscal y que la carga impositiva sea proporcional a los beneficios generados en cada país.

En el caso de América latina, los países están apostando por políticas que igualen las responsabilidades fiscales de las empresas nacionales con las extranjeras, mediante la obligación del pago del IVA de los productos digitales prestados en su territorio. Mientras que, en Europa, se ha optado por la creación de impuestos sobre el nivel de facturación de las sociedades.

En Latinoamérica, entre los países que se han adelantado a la OCDE y han tomado sus propias iniciativas se encuentra Colombia, Uruguay, Argentina y ahora México. En 2016, Colombia aprobó una ley que exige a las empresas extranjeras pagar el 16% del IVA de sus actividades a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). Convirtiéndose en precursora en políticas de economía digital de la región.  En el caso de Argentina, a los proveedores de servicios en la nube se les aplica una tasa del 21% de IVA. En Uruguay, desde enero de 2018, los negocios electrónicos deben pagar el impuesto del IVA del 18% y el Impuesto a la Renta de los No Residentes (IRNR) a la Dirección General Impositiva (DGI). Otros países que están estudiando medidas similares son Paraguay, Costa Rica, Chile o República Dominicana.

No obstante, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) recomienda que las políticas tributarias en materia economía 4.0 sigan las sugerencias que determine la OCDE.

En Europa, la Unión Europea ha intentado crear una Tasa Digital Europea que impusiera un gravamen del 3% a las tecnológicas con una facturación mundial de más de 750 millones de euros y 50 millones en la Unión Europea. Sin embargo, la falta de consenso entre los estados miembros ha hecho que quede suspendida, a la espera de que sea aprobada un normal de fiscalización internacional por parte de la OCDE.

Mientras el acuerdo global llega, algunos países ya han comenzado a tomar sus propias iniciativas impositivas como Francia, donde las empresas tecnológicas que facturan más de 750 millones de euros a nivel mundial y 25 millones en territorio galo, deben pagar una tasa. Inglaterra tiene previsto a partir del próximo año imponer un gravamen del 2% sobre la facturación para aquellas empresas que generen más de 500 millones de libras anuales y presenten beneficios. España, por su parte también está trabajando en la creación de una ley en la misma dirección.

No obstante, no solo en Europa y Latinoamérica se están experimentando cambios en materia fiscal, en países como Canadá, India o Australia también se han tomado medidas para resolver los nuevos desafíos fiscales de los negocios online.

Para el próximo año, se espera que el número de países en todo el mundo que adopte nuevas políticas en materia fiscal para los servicios digitales se incremente.

 

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